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Como decíamos en anteriores noticias el Gobierno había aparcado la modificación del Impuesto de Sucesiones. En un principio podíamos considerar que era mejor no enfurecer a las Comunidades Autónomas pero parece ser que la verdadera razón no es otra que la inminente sentencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo que amenaza con poner patas arriba este impuesto. Dicha sentencia ha sido dictada a la luz de la discriminación que en la actualidad sufren los no residentes con respecto a los ciudadanos nacionales en el pago de este impuesto.

Pero se cree que además puede afectar también a la propia estructura del tributo. Y es que mientras que a un nacional se le bonifica hasta el 99 %, en el caso de no residente se le repercuten tipos que pueden llegar al 34 % sobre el valor real de los bienes y derechos transmitidos. ¿Por qué razón a uno es aplicada la normativa autonómica y a otro la estatal?, ¿con qué criterio?.

La Comisión europea ya había solicitado a España en 2010 y 2011 que tomara medias para garantizar garantizar las normas europeas en este sentido y al no haber sido atendidas dicha solicitud es por lo que se presenta la demanda a la que dará lugar la sentencia. Si España es condenada podría forzar cambios importantes en el Impuesto de Sucesiones, en la línea de unificar criterios y podría habilitar la posibilidad de solicitar y conseguir la devolución de los impuestos excesivos pagados en los últimos años, siempre, claro está, que no estén prescritos. Habrá que estar atentos al resultado. Seguiremos informando tan pronto como halla novedades.

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